Las asociaciones sin ánimo de lucro deben llevar a cabo ciertas funciones administrativas más allá de su actividad principal. Vamos a resumir en qué consisten estas obligaciones y cómo documentarlas.
Cómo gestionar una asociación sin ánimo de lucro
En estos momentos y, después de las exigencias contables y fiscales del Ministerio de Hacienda, una asociación debe gestionarse igual que cualquier sociedad mercantil de este país.
¿Qué documentos debe gestionar una asociación?
- Libro de registro de socios: donde conste toda la relación de los socios censados a lo largo de toda la existencia de la asociación.
- Libro de socios en alta: Donde conste la relación actualizada de los socios en estado de alta.
- Certificado de contratista: a todas aquellas personas o empresas que, de una forma u otra nos provean de materias primas, auxiliares o servicios, (ej. Proveedores, artistas, bandas de música, etc.).
- Documentación contable: debe guardarse durante un período de seis años a partir del último asiento realizado en los libros.
- Libros contables: deben guardarse durante el mismo período de tiempo que la documentación contable.
- Registro de bienes de inversión: Donde figuren aquellos bienes comprados susceptibles de poder amortizarse.
- Documentos notariales: deben conservarse durante toda la vida de la asociación.
- Libro de visitas: debe conservarse durante toda la vida de la asociación.
- Actas de inspección: deben conservarse durante toda la vida de la asociación.
Documentos fiscales que debe gestionar una asociación
Si una asociación, independientemente de su actividad principal, realiza una actividad sujeta a IVA, ésta debe presentar una serie de declaraciones fiscales tanto trimestrales como anuales, y estos son:
- Declaración trimestral de retenciones por empleados (si los tuvieran) modelo 110.
- Declaración anual de retenciones por empleados (si los tuvieran) modelo 190.
- Declaración trimestral de retenciones por alquileres (si los tuvieran) modelo 115.
- Declaración anual de retenciones por alquileres (si los tuvieran) modelo 180.
- Declaración trimestral de I.V.A. (modelo 303).
- Declaración anual de I.V.A. (modelo 390).
- Declaración anual volumen de operaciones mayores de 3.006,05 euros (modelo 347).
- Declaración anual Impuesto Sociedades.
Como puede observarse con las exigencias actuales, la gestión de una Asociación no difiere mucho de la gestión de una entidad mercantil, y parece claro que el Ministerio no va a minorar sus exigencias, más bien lo que podemos esperar para el futuro es que las incremente.
Facilitando el proceso de gestión de asociaciones
Toda esta documentación, procesos y trámites se pueden convertir en un auténtico quebradero de cabeza y alejarnos del principal propósito de una asociación sin ánimo de lucro. Para facilitar la gestión existen programas para gestión de asociaciones con los que es posible realizar todas estas operaciones y muchas más.